Sobre nosotros
Desde 1999 la Constitución Política de la República, considera a la educación parvularia como el primer nivel del sistema educativo del país, que atiende integralmente a niños y niñas desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica, y cuyo propósito es favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente, el desarrollo integral y aprendizajes significativos en los párvulos.
Sin perjuicio que Chile ha realizado esfuerzos sostenidos en ampliar la cobertura y mejorar la calidad de la educación desde los primeros años, era indispensable la creación de una nueva institucionalidad, caracterizada por una alta especialización, que permitiera seguir avanzando en la instalación y visibilización de este nivel educativo. Es así como en 2015, la Ley N° 20.835 crea Subsecretaría de Educación Parvularia en el Ministerio de Educación, constituyendo un hecho histórico para el país y el nivel al conformarse un órgano de colaboración directa del Ministro de Educación en la promoción, desarrollo, organización general y coordinación de la educación parvularia de calidad para la formación integral de niños y niñas, desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica.
Asimismo, en la Ley N° 20.835 se crea la Intendencia de Educación Parvularia, encargada de proponer los criterios técnicos para el ejercicio de las funciones de la Superintendencia de Educación con relación a todos los establecimientos que impartan educación parvularia, tanto públicos como privados. Sumado a lo anterior, esta ley retira la facultad de supervigilancia de los jardines infantiles con que contaba la Junta Nacional de Jardines Infantiles, JUNJI, eliminando por tanto el conflicto de interés que generaba el concentrar facultades de provisión y fiscalización en un solo organismo, e introduciendo mayores niveles de eficiencia, al permitir que sus recursos se focalicen en una provisión de educación de calidad.
Por otra parte, la Ley N° 20.832 también en 2015, crea la Autorización de Funcionamiento de Establecimientos de Educación Parvularia, una certificación del ministerio de Educación que verifica el cumplimiento de ciertos requisitos mínimos y que les permite funcionar como tales. De este modo, y junto con la obligación ya impuesta en 2011 por la Ley N°20.529, que crea el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media, para todos aquellos jardines infantiles y salas cuna que reciben aportes estatales, de obtener reconocimiento oficial del Estado, se inicia un proceso de estandarización de ciertos mínimos exigibles para todos, relacionados con infraestructura, condiciones sanitarias, proyecto educativo institucional, reglamento interno y de convivencia, mobiliario, equipamiento, recursos educativos, coeficiente técnico e idoneidad docente, entre otros.
Es decir, con este conjunto de leyes se resuelve un problema histórico: la diversidad de certificaciones que debían obtener los jardines infantiles y salas cuna, con exigencias y propósitos diferentes y ante diversas autoridades, avanzando de esta forma en ofrecer al sistema educativo, garantías esenciales para una educación de calidad, en condiciones de equidad, bienestar y buen trato para niños y niñas.
Documentos legales que dieron origen a la Subsecretaría o que están relacionados con su quehacer:
- D.F.L. N° 2, de 2010, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005 Ver Texto Vigente
- Ley N° 20.370 establece la Ley General de Educación Ver Texto Vigente
- Ley N° 20.832 crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia Ver Texto Vigente
- Ley N° 19.864 dicta normas sobre la Educación Parvularia y regulariza instalación de jardines infantiles Ver Texto Vigente
- Ley N° 17.301 crea corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles Ver Texto Vigente
- Decreto Supremo N° 289, de 2002, aprueba Bases Curriculares de la Educación Parvularia Ver Texto Vigente
- Decreto Supremo N° 138, de 2006, reglamenta el Inciso 2º Del Artículo 3º de la Ley Nº 17.301, sobre jardines infantiles comunitarios Ver Texto Vigente
- Decreto Exento N° 1.718, de 2011, determina las fechas en que se deberán cumplir los requisitos de edad de ingreso a la educación básica y media regular y la fecha que se considerará para el ingreso al primer y segundo nivel de transición de la Educación Parvularia Ver Texto Vigente
- Decreto Exento N° 83, de 2015, aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de Educación Parvularia y Educación Básica Ver Texto Vigente
Misión
La Subsecretaría de Educación Parvularia es el organismo rector que diseña y define la política integral de fortalecimiento del primer nivel educativo con estructuras y marcos regulatorios efectivos y una institucionalidad que facilita el derecho a una educación de calidad en las salas cuna, jardines infantiles y escuelas. Tiene como foco principal construir una educación pública pluralista e integradora, que impacte el aprendizaje a lo largo de toda la vida de los niños, niñas y jóvenes.
Nuestra misión es velar por el desarrollo y la promoción de una política para el fortalecimiento del primer nivel educativo, a través de la elaboración, diseño e implementación de políticas y programas, y de la articulación de mecanismos de coordinación con la comunidad educativa, para promover y fomentar en los distintos sectores de la sociedad, en especial en el ámbito de las familias y la comunidad, el inicio temprano del proceso de aprendizaje y desarrollo pleno de un sistema de educación inclusivo, equitativo y de calidad de los niños y niñas del territorio entre 0 y 6 años.
Objetivos
- Fortalecer la institucionalidad del nivel educativo estableciendo mecanismos de coordinación con instituciones públicas y privadas que fomenten el acceso y el desarrollo de la Educación Parvularia.
- Diseñar y promover los referentes y estándares educativos, y la certificación de Jardines infantiles los que se enmarcan en la implementación del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia.
- Impulsar y apoyar financieramente proyectos, programas y actividades de índole público-privado enfocados en el acceso a la educación parvularia y la innovación educativa, que contribuyan al inicio temprano del proceso de aprendizaje de niños.
- Generar estudios e investigaciones enfocados en los procesos de enseñanza y aprendizaje para el nivel, y la elaboración de estadísticas e indicadores que apoyen el proceso de diseño y elaboración de políticas públicas.
Organigrama
Organización SdEP
-
Gabinete
keyboard_arrow_downEl Gabinete tendrá por objeto la coordinación, apoyo y asesoría directa de las funciones del(la) Subsecretario(a) de Educación Parvularia. Ejercerá un rol de conducción y articulación sectorial, de manera interna, en la coordinación, control de trabajo y las relaciones jerárquicas de las unidades que componen la Subsecretaría, y de manera externa con los demás niveles jerárquicos del Ministerio de Educación y órganos vinculados, públicos y privados. El Gabinete depende directamente del Subsecretario(a) de Educación Parvularia, y estará a cargo de un Jefe(a) de Gabinete.
La organización interna de Gabinete es (Decreto N° 23 del 28 de enero de 2016):
Unidad de Comunicaciones
Es la encargada de entregar asesoría comunicacional a la Subsecretaría, a través del desarrollo e implementación de estrategias y planes de comunicación que vayan en directa relación con la política comunicacional ministerial.
Contacto: comunicaciones.sdep@mineduc.cl
Unidad Auditoría Interna
Tendrá a su cargo el proceso de control interno, conforme a las orientaciones y disposiciones reglamentarias e institucionales, y en directa relación con las políticas de auditoría ministerial. Debe otorgar al Subsecretario/a de Educación Parvularia estrategia preventiva, proponiendo políticas, planes, programas y medidas de control para el fortalecimiento de la gestión institucional y el resguardo de los recursos que le han sido asignados a la Subsecretaría.
-
División Jurídica
keyboard_arrow_downLa División Jurídica es la encargada brindar el soporte jurídico necesario para la adecuada toma de decisiones del(a) Subsecretario(a), propendiendo a un apropiado, eficiente y legítimo funcionamiento de la Subsecretaría y velando por la juridicidad y legalidad de sus actuaciones y las de su personal. Deberá asesorar jurídica y legalmente, e informar en materias de derecho a las autoridades de la Subsecretaría de Educación Parvularia, divisiones, unidades, departamentos u oficinas del Servicio, sobre la correcta aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
La organización interna de la División es:
Departamento de Cobertura y Certificaciones
Su objetivo es garantizar el acceso a educación parvularia, mediante una estrategia de permanente ampliación de cobertura e implementación de infraestructura de salas cuna y jardines infantiles mediante convenios públicos y/o privados.
Además de asesorar y entregar soporte legal y técnico al proceso de certificaciones de los establecimientos de educación parvularia del país, liderando el mismo y constituyéndose como el referente técnico, coordinador y articulador a nivel nacional de los actores que participan de este, definiendo estrategias tendientes a lograr el mayor grado de difusión y cumplimiento de dicha certificación en el nivel parvulario.
Departamento Normativo y Administrativo
Su objetivo es asesorar y entregar el soporte jurídico necesario para la adecuada toma de decisiones de la autoridad, debiendo confeccionar reglamentos, leyes, instrucciones, y normativas que digan relación con el nivel parvulario.
Además, debe asesorar jurídica y legalmente en materias de personal, compras públicas, presupuesto, planificación, cumplimiento de la Ley N° 20.285, convenios del servicio y sobre los asuntos relativos al buen funcionamiento del mismo.
-
División de Políticas Educativas
keyboard_arrow_downLa División de Políticas Educativas, tiene como objetivo, en concordancia con las políticas ministeriales de educación, el estudio, elaboración, proposición y seguimiento de las políticas públicas de educación parvularia en materia curricular, de cobertura, los estándares y gestión de calidad, bienestar de niños y niñas, y la participación y desarrollo de comunidades educativas.
De esta División dependerán las siguientes áreas funcionales:
Departamento de Gestión Curricular y Calidad Educativa
Su objetivo es elaborar y proponer orientaciones técnico-pedagógicas para el nivel de educación parvularia, propendiendo a generar acciones que permitan el posicionamiento de los referentes curriculares propios del Nivel.
Asimismo, debe liderar los procesos de inclusión y pertinencia del nivel parvulario en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad, ejecutando, por tanto, la implementación y socialización de los referentes curriculares específicos del Nivel, concretar mediante orientaciones la normativa del Nivel, y ser contraparte técnica de procesos formativos, tanto inicial como continuos, para los equipos educativos y directivos del Nivel.
Este Departamento debe actuar como contraparte técnica de las iniciativas del Plan Chile Aprende Más de esta Subsecretaría y en los procesos de elaboración de estándares y referentes que orienten e impactan en la formación inicial y continua, carrera docente y calidad de los equipos educativos y directivos del Nivel.
Además, este Departamento al igual que otros de esta División, debe participar en las mesas de trabajo intersectorial que convoca y asiste la Subsecretaría, y otras instituciones públicas y/o privadas procurando la inclusión e implementación de las orientaciones técnico-pedagógicas del nivel parvulario en dichas instancias.
Departamento de Apoyo a la Mejora
Su objetivo es disponer de un modelo de acompañamiento territorial que entregue orientaciones y apoyo técnico-pedagógico a establecimientos educacionales que imparten el nivel de Educación Parvularia, y que, a la luz de la evaluación realizada por la Agencia de Calidad de la Educación, se establece requieren mejorar su desempeño y calidad educativa.
Lo anterior se complementa con el diseño y gestión de la plataforma de recursos para el Apoyo a la Mejora, que este Departamento debe sustentar constantemente con la documentación proveniente de la elaboración, implementación, análisis, seguimiento y evaluación de los componentes de los programas de calidad y el Fondo de Innovación de Educación Parvularia que forman parte del Plan Chile Aprende Más, impulsado por esta Subsecretaría.
Además, este Departamento al igual que otros de esta División, debe participar en las mesas de trabajo intersectorial que convoca y asiste la Subsecretaría, y otras instituciones públicas y/o privadas procurando la inclusión e implementación de las orientaciones técnico-pedagógicas del nivel parvulario en dichas instancias.
Departamento de Estudios y Estadísticas
Su objetivo es desarrollar estudios y disponer datos que insumen la toma de decisiones de políticas públicas y decisiones relativas al nivel de Educación Parvularia, realizando, en caso de corresponder, estudios y análisis de las líneas prioritarias definidas por la autoridad.
Este Departamento debe actuar como contraparte técnica en estudios realizados en alianzas con otras instituciones públicas y/o privadas, organismos nacionales e internacionales, y todas aquellas vinculadas al nivel de Educación Parvularia, así como generar los términos de referencias de estudios y levantamientos de información a ser encargadas a instituciones externas.
Así mismo, debe efectuar análisis de datos de acuerdo con los requerimientos de las distintas Divisiones y Unidades de la Subsecretaría, elaborando informes y liderando proyectos que requieran insumos estadísticos o revisión de evidencia empírica.
Departamento de Coordinación Nacional y Territorial
Su objetivo es mantener entre la Subsecretaría de Educación Parvularia y las Secretarías Regionales Ministeriales, con los Departamentos de Educación, principalmente con los equipos vinculados al nivel de Educación Parvularia, integrados por las jefaturas de los Departamentos de Educación, coordinadores/as y profesionales de Educación Parvularia con desempeño en regiones. Además, este Departamento debe mantener la comunicación permanente y coordinada con otras instituciones públicas y/o privadas vinculadas al Nivel, como Gobiernos Regionales, Municipios, Servicios Locales, entre otros. Estas coordinaciones tienen como fin último mantener la fluidez de la difusión y entrega de las orientaciones del Nivel, facilitando la implementación y seguimiento de los programas y políticas educativas de Educación Parvularia en el ámbito local.
-
División de Administración y Finanzas
keyboard_arrow_downLa División de Administración y Finanzas, tiene como objetivo conducir y controlar los ámbitos de gestión, administrativos, presupuestarios, financieros, tecnológicos y gestión de personas de la Subsecretaría, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos presupuestarios y las metas de desempeño de la institución.
Esta División debe garantizar un eficiente apoyo a la gestión administrativa institucional, a través de una adecuada, transparente y racional administración de los recursos materiales, financieros, económicos y de servicios en general.
De esta División, dependerán las siguientes áreas funcionales:
Unidad de Administración Interna
Su objetivo es contribuir al adecuado desarrollo de las actividades institucionales y garantizar el correcto funcionamiento operacional de la Subsecretaría de Educación Parvularia, a través de la coordinación, desarrollo y control oportuno y eficiente de todos los procesos administrativos y de soporte necesarios para el ingreso y egreso de toda la documentación del servicio, gestión y contratación de bienes y servicios, soporte tecnológico e informático, y renovación, mantención y reparación de la infraestructura, vehículos y equipamiento de la Institución.
Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas
Su objetivo es asesorar y apoyar estratégicamente la gestión institucional, a través de la definición e implementación de políticas, sistemas y procedimientos en materias de gestión de personas, que contribuyan al desarrollo integral de los funcionarios/as y al logro de los objetivos organizacionales. Estará a cargo de dotar de personal idóneo, de gestionar la administración de personal y procurar generar las acciones de desarrollo personal y funcionario/a, velando por la correcta ejecución del ciclo de vida laboral y el cumplimiento de la normativa vigente.
Este Departamento tiene a su cargo funciones de vital importancia para el correcto funcionamiento de la Subsecretaría, considerando materias en personal, desarrollo organizacional y remuneraciones.
Asimismo, debe actuar como contraparte con diferentes entidades, relevando la comunicación con la Dirección Nacional del Servicio Civil, con la finalidad de que se diseñen e implementen Políticas y Prácticas de Gestión y Desarrollo de Personas, debiendo dar cumplimiento a las normas y estándares que ha establecido el Servicio Civil.
Departamento de Supervisión
Su objetivo es asesorar estratégicamente en los procesos de rendiciones de cuentas de los recursos financieros transferidos desde y/o hacia la Subsecretaría de Educación Parvularia a organismos públicos y privados, sin fines de lucro, mediante convenios de transferencia. Debe velar por el cumplimiento de la normativa vigente y los objetivos determinados en los respectivos convenios, a través de la ejecución, supervisión, revisión, aprobación y control permanente de sus procesos administrativos, técnicos y financieros-contables, según corresponda.
Departamento de Planificación y Presupuesto
Su objetivo es formular, gestionar y administrar los recursos presupuestarios y financieros de la institución, además de planificar y controlar la gestión de los procesos estratégicos institucionales y Servicios asociados, en conformidad con la normas e instrucciones vigentes.