Desde 1999 la Constitución Política de la República, considera a la educación parvularia como el primer nivel del sistema educativo del país, que atiende integralmente a niños y niñas desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica, y cuyo propósito es favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente, el desarrollo integral y aprendizajes significativos en los párvulos.
Sin perjuicio que Chile ha realizado esfuerzos sostenidos en ampliar la cobertura y mejorar la calidad de la educación desde los primeros años, era indispensable la creación de una nueva institucionalidad, caracterizada por una alta especialización, que permitiera seguir avanzando en la instalación y visibilización de este nivel educativo. Es así como en 2015, la Ley N° 20.835 crea Subsecretaría de Educación Parvularia en el Ministerio de Educación, constituyendo un hecho histórico para el país y el nivel al conformarse un órgano de colaboración directa del Ministro de Educación en la promoción, desarrollo, organización general y coordinación de la educación parvularia de calidad para la formación integral de niños y niñas, desde su nacimiento hasta su ingreso a la educación básica.
Asimismo, en la Ley N° 20.835 se crea la Intendencia de Educación Parvularia, encargada de proponer los criterios técnicos para el ejercicio de las funciones de la Superintendencia de Educación con relación a todos los establecimientos que impartan educación parvularia, tanto públicos como privados. Sumado a lo anterior, esta ley retira la facultad de supervigilancia de los jardines infantiles con que contaba la Junta Nacional de Jardines Infantiles, JUNJI, eliminando por tanto el conflicto de interés que generaba el concentrar facultades de provisión y fiscalización en un solo organismo, e introduciendo mayores niveles de eficiencia, al permitir que sus recursos se focalicen en una provisión de educación de calidad.
Por otra parte, la Ley N° 20.832 también en 2015, crea la Autorización de Funcionamiento de Establecimientos de Educación Parvularia, una certificación del ministerio de Educación que verifica el cumplimiento de ciertos requisitos mínimos y que les permite funcionar como tales. De este modo, y junto con la obligación ya impuesta en 2011 por la Ley N°20.529, que crea el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media, para todos aquellos jardines infantiles y salas cuna que reciben aportes estatales, de obtener reconocimiento oficial del Estado, se inicia un proceso de estandarización de ciertos mínimos exigibles para todos, relacionados con infraestructura, condiciones sanitarias, proyecto educativo institucional, reglamento interno y de convivencia, mobiliario, equipamiento, recursos educativos, coeficiente técnico e idoneidad docente, entre otros.
Es decir, con este conjunto de leyes se resuelve un problema histórico: la diversidad de certificaciones que debían obtener los jardines infantiles y salas cuna, con exigencias y propósitos diferentes y ante diversas autoridades, avanzando de esta forma en ofrecer al sistema educativo, garantías esenciales para una educación de calidad, en condiciones de equidad, bienestar y buen trato para niños y niñas.
Documentos legales que dieron origen a la Subsecretaría o que están relacionados con su quehacer:
- D.F.L. N° 2, de 2010, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005 Ver Texto Vigente
- Ley N° 20.370 establece la Ley General de Educación Ver Texto Vigente
- Ley N° 20.832 crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia Ver Texto Vigente
- Ley N° 19.864 dicta normas sobre la Educación Parvularia y regulariza instalación de jardines infantiles Ver Texto Vigente
- Ley N° 17.301 crea corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles Ver Texto Vigente
- Decreto Supremo N° 289, de 2002, aprueba Bases Curriculares de la Educación Parvularia Ver Texto Vigente
- Decreto Supremo N° 138, de 2006, reglamenta el Inciso 2º Del Artículo 3º de la Ley Nº 17.301, sobre jardines infantiles comunitarios Ver Texto Vigente
- Decreto Exento N° 1.718, de 2011, determina las fechas en que se deberán cumplir los requisitos de edad de ingreso a la educación básica y media regular y la fecha que se considerará para el ingreso al primer y segundo nivel de transición de la Educación Parvularia Ver Texto Vigente
- Decreto Exento N° 83, de 2015, aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de Educación Parvularia y Educación Básica Ver Texto Vigente
Misión institucional
La Subsecretaría de Educación Parvularia es el organismo rector que diseña y define la política integral de fortalecimiento del primer nivel educativo con estructuras y marcos regulatorios efectivos y una institucionalidad que facilita el derecho a una educación de calidad en las salas cuna, jardines infantiles y escuelas. Tiene como foco principal construir una educación pública pluralista e integradora, que impacte el aprendizaje a lo largo de toda la vida de los niños, niñas y jóvenes.
Nuestra misión es velar por el desarrollo y promoción de políticas para fortalecer la Educación Parvularia y la calidad en los procesos de aprendizaje, mejorando de manera equitativa y sistemática las condiciones pedagógicas y sistemas de información del nivel. Esto se logra mediante la articulación de la red pública y la elaboración, coordinación, aplicación y evaluación de políticas y programas que busquen resguardar un sistema educativo de calidad integral, inclusivo, equitativo y con enfoque de género para niños y niñas entre 0 y 6 años.
Objetivos estratégicos de la Subsecretaría de Educación Parvularia
- Desarrollar políticas, programas y/o lineamientos educativos, dirigidos a los diferentes actores de Educación Parvularia, para promover desde una mirada inclusiva y con enfoque de género, los aprendizajes y bienestar integral de niños y niñas de 0 a 6 años.
- Coordinar la cobertura del nivel e incremento de cupos, tanto en modalidades clásicas como alternativas, a través del diseño e implementación de un plan nacional que resguarde un crecimiento orgánico y sostenible.
- Desarrollar lineamientos y/o medidas que permitan avanzar en los estándares de calidad del nivel en materia de infraestructura, coeficientes técnicos y material de enseñanza, incorporando la perspectiva de género para promover espacios educativos equitativos y libres de estereotipos, dirigidos a los distintos actores y sostenedores con el objeto de aumentar los establecimientos certificados del nivel.
- Disminuir las brechas en materia de asignación de recursos y programáticas, mediante el desarrollo de medidas y/o acciones articuladas con los actores claves, desde una perspectiva sistémica de mediano plazo y de equidad para los niños y niñas que asisten a Educación Parvularia.
- Modernizar la gestión de información del nivel, mediante el diseño e implementación de un sistema centralizado de datos, evidencias, estudios y estadísticas, que permita a los actores claves del sistema educativo, la toma de decisiones basada en evidencia para el mejoramiento continuo de las políticas públicas en Educación Parvularia.
Objetivos estratégicos del Ministerio de Educación
- Fortalecer y expandir la educación pública como eje central, por medio de financiamiento a la oferta pública y la continuación del proceso de implementación de la Nueva Educación Pública, con el propósito de garantizar el derecho a la educación en todos sus niveles y modalidades.
- Implementar una política de reactivación educativa a través de la articulación territorial e intersectorial, con mirada de trayectoria educativa, para dar una respuesta integral y estratégica a las necesidades educativas y de bienestar socioemocional que han emergido en las comunidades educativas durante la pandemia.
- Contribuir al fortalecimiento de la Educación Parvularia, mediante la implementación de una política integral que considera la calidad, la equidad institucional, la expansión de la cobertura y la gestión de datos e información del primer nivel educativo y, que incorpore en su diseño e implementación a los actores claves del sector.