Carrera Docente: Ya está abierto el plazo para la suspensión voluntaria de la rendición de la Evaluación Integral

Ya está vigente el plazo para formalizar la suspensión voluntaria de la rendición de instrumentos correspondientes a la Evaluación Integral del Sistema de Desarrollo Profesional Docente (Portafolio y Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos, ECEP), en el marco de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.506.

La norma, aprobada por el Congreso en octubre pasado, establece un período de 30 días hábiles, a contar del 15 de noviembre, para concretar este trámite, en el caso de quienes decidan optar por la suspensión voluntaria.

Quienes deseen presentar la solicitud de suspensión deben hacerlo en el sitio www.docentemas.cl. Quienes solo rindan ECEP, deben hacer el trámite en el portal www.evaluacionconocimientos.cl.

La Ley N° 21.506 busca dar alivio a las y los profesionales de la educación, quienes se han visto recargados de actividades desde el retorno a la presencialidad. También busca favorecer la focalización de sus prácticas pedagógicas en la compleja tarea de reactivar los aprendizajes.

La norma suspende la rendición de los instrumentos de Evaluación Docente para las y los profesionales del Nivel de Educación Parvularia que se desempeñan en establecimientos del sector municipal y de Servicios Locales de Educación Pública (SLEP), que incluye Autoevaluación, Entrevista de Evaluador Par, Informe de Referencia de Terceros y Portafolio. Dicha suspensión será de manera inmediata sin presentar ninguna solicitud, es decir, operará de pleno derecho y deberá realizarla el año 2023.

A su vez, la misma ley permite suspender voluntariamente la rendición de los instrumentos del Sistema de Reconocimiento, Portafolio y Evaluación de Conocimientos Específicos (ECEP), correspondientes al Sistema de Desarrollo Profesional Docente (SDPD).

Más detalles sobre los alcances de la Ley N° 21.506 en este enlace: Suspensión de la Evaluación Docente y Sistema de Reconocimiento 2022 – Subsecretaría de Educación Parvularia (mineduc.cl)

Suspensión de la Evaluación Docente y Sistema de Reconocimiento 2022

El Congreso Nacional aprobó la suspensión de la rendición de los instrumentos de los sistemas de evaluación para los profesionales de la educación. La ley, respaldada por el Ministerio de Educación, busca dar alivio a los profesionales de la educación, quienes se han visto agobiados desde el retorno a la presencialidad y favorecer la focalización de sus actividades en la compleja tarea de reactivar los aprendizajes.

Hay que tener en consideración que actualmente coexisten dos sistemas evaluativos para los profesionales de la educación (doble evaluación):

  1. Evaluación Docente, prevista en el artículo 70 del Estatuto Docente, que rige respecto de todos los profesionales de la educación que se desempeñan en un establecimiento educativo administrado por municipalidades, corporaciones municipales o Servicios Locales de Educación Pública.
  2. Sistema de Reconocimiento, previsto en el título tercero del Estatuto Docente, que rige respecto de todos los profesionales de la educación que se desempeñan en un establecimiento administrado por municipalidades, corporaciones municipales o Servicios Locales de Educación Pública, particulares subvencionados y de administración delegada regido por el D.L. N°3.166, de 1980, del Ministerio de Educación y jardines infantiles que reciben aportes regulares del Estado.

¿Qué se suspende?

Suspende la rendición de los instrumentos de Evaluación Docente, que incluye Autoevaluación, Entrevista de Evaluador Par, Informe de Referencia de Terceros y Portafolio. Dicha suspensión será de manera inmediata sin presentar ninguna solicitud, es decir, operará de pleno derecho y deberá realizarla el año 2023.

A su vez, la misma ley permite suspender voluntariamente la rendición de los instrumentos del Sistema de Reconocimiento, Portafolio y Evaluación de Conocimientos Específicos (ECEP), correspondientes a Carrera Docente. Para hacer efectiva la suspensión, los evaluados deben hacer esta solicitud en el portal www.docentemas.cl o, si solo rinde ECEP, debe hacerlo en el portal www.evaluacionconocimientos.cl, en un plazo de 30 días hábiles, desde su publicación en el Diario Oficial.

¿Quiénes suspenden?

¿Habrá alguna sanción al acogerse a la suspensión prevista en esta ley?

No habrá ninguna sanción para quienes se acojan a la suspensión prevista por la ley.

Respecto de la Evaluación Docente

¿Qué pasa si ya comencé a rendir los instrumentos?

Primero, se suspende la realización de actividades desde la publicación en el Diario Oficial de la presente ley. Con ello, se alivia a todos los profesionales de la educación obligados a rendir instrumentos y favorecer la focalización de sus actividades en la compleja tarea de reactivar los aprendizajes.

Con respecto a los instrumentos Autoevaluación, Entrevista por Evaluador Par y el Informe de Referencia de Terceros, en el caso que se haya avanzado, se dejará registro y evidencia de todo lo realizado en la plataforma DocenteMás, y podrá ser utilizado para su próximo periodo de evaluación, si así lo estima conveniente.

Con respecto al instrumento Portafolio, que es común tanto para Evaluación Docente como para Sistema de Reconocimiento, podemos informarle:

  • Si según su calendario estaba obligado solo a rendir Evaluación Docente, no podrá continuar realizando actividades, pues esta evaluación se suspende.
  • Si según su calendario estaba obligado a rendir Evaluación Docente y Sistema de Reconocimiento:
    • Si voluntariamente se acoge a suspensión de Sistema de Reconocimiento, las actividades podrán ser utilizadas para su próximo periodo de evaluación.
    • Si decide continuar con la rendición del Sistema de Reconocimiento, el proceso continuará con normalidad, según el calendario previsto para el proceso 2022.

Respecto del Sistema de Reconocimiento

¿Estoy obligado a rendir los instrumentos?

No, ya que todos los profesionales de la educación pueden acogerse a la suspensión de manera voluntaria y realizar el proceso el 2023. Para hacerla efectiva, los evaluados deben hacer esta solicitud en el portal www.docentemas.cl si solo rinde ECEP, debe hacerlo en el portal www.evaluacionconocimientos.cl, en un plazo de 30 días hábiles, desde su publicación en el Diario Oficial.

¿Qué pasa con mi Portafolio si suspendo?

En el caso de acogerse a la ley, no podrá realizar más actividades y se dejará registro y evidencia de lo que ha avanzado en la plataforma DocenteMás, pudiendo ser utilizada para su próximo periodo de evaluación (2023).

¿Qué pasa con la Evaluación de Conocimientos Específicos Pedagógicos (ECEP) si suspendo?

Al suspender su participación en el Sistema de Reconocimiento, también se suspende automáticamente su participación en la evaluación. Ello aplicará de pleno derecho desde el momento que presente su solicitud de suspensión dentro de los 30 días hábiles desde la publicación de la ley en el Diario Oficial. Es decir, no debe rendir ECEP

Si voluntariamente decido suspender el Sistema de Reconocimiento, ¿puedo retractarme?

El profesional de la educación que decida suspender la rendición de instrumentos del Sistema de Reconocimiento no podrá retractarse una vez presentada su solicitud.

Esta ley centra sus esfuerzos en permitirle a los profesionales de la educación concentrarse, de mejor manera, en las actividades pedagógicas y esfuerzos educativos que realizan quienes trabajan en aula día a día y en beneficio de una educación pública de calidad.

Información publicada inicialmente por CPEIP