El Sistema de Desarrollo Profesional Docente se implementa a partir de lo dispuesto en la Ley N° 20.903, que modificó el Estatuto Docente, incorporando a través de su Título VI, a las educadoras y educadores de párvulos de salas cuna y jardines infantiles dependientes de Fundación Integra, establecimientos financiados Vía Transferencia de Fondos (VTF) y con Convenios de Administración Delegada (CAD), además de lo dispuesto en el DFL 24 de 2017 del Ministerio de Educación, que incorporó a los establecimientos de JUNJI, reconociéndoles como el motor de cambio para una educación de calidad.

El ingreso al Sistema busca promover el desarrollo profesional y ofrecer una trayectoria atractiva que les permita a ustedes como profesionales de la educación, seguir dando lo mejor de sí en las aulas e impactando positivamente en una educación de calidad para las niñas y niños.

Con el ingreso al Sistema se podrán fortalecer prácticas pedagógicas, por medio de procesos de formación y acompañamiento; así como también acceder a cursos de perfeccionamiento y programas de inducción y mentoría, especialmente diseñados para quienes inician su trayectoria profesional.

El ingreso al Sistema implica un proceso de evaluación integral y con pertinencia al primer nivel educativo, que abre oportunidades para un desarrollo profesional desde el perfeccionamiento, el acompañamiento y nuevas condiciones remuneracionales.

Hitos del SDPD

  • Para sostenedores

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  • Para educadoras de párvulos

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Testimonios del SDPD

  • Inducción y mentoría

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  • Acompañamiento formativo

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  • Sistema de reconocimiento y progresión

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Recursos de Apoyo - Material descargable

Te compartimos algunos recursos que serán fundamentales durante tu proceso de evaluación en la Carrera Docente en Educación Parvularia.

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Evaluación Integral

Taller 4 Evaluación Docente: todos los niveles

Talleres de Acompañamiento Nivel Sala Cuna

Talleres de Acompañamiento Nivel Medio

Talleres de Acompañamiento Nivel Transición

Resuelve tus dudas de Carrera Docente

  • ¿Qué se entiende por Carrera Docente en Educación Parvularia?

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    Es una política pública creada a partir de la Ley 20.903, que define las bases para potenciar y orientar el desarrollo y reconocimiento profesional de educadoras como elementos centrales de un sistema educativo de calidad.

    Tiene por propósito mejorar la calidad de la educación, a través de procesos de formación y acompañamiento, y reconocer y premiar el esfuerzo y avance en la calidad de los conocimientos y prácticas pedagógicas de los/las educadores/as que participen de las evaluaciones del Sistema de Desarrollo Profesional Docente (Carrera Docente).

    A partir del año 2020 y hasta el año 2025, todos los establecimientos de Educación Parvularia financiados con aportes regulares del Estado para su operación y funcionamiento (JUNJI, INTEGRA y VTF) ingresarán paulatinamente al Sistema de Desarrollo Profesional Docente a razón de un 20% anual mediante un proceso de postulación.

  • ¿Quiénes pueden ingresar a la Carrera Docente?

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    Ingresarán todos los profesionales de la educación que desempeñan funciones de aula, directivas y técnico pedagógicas en establecimientos de Educación Parvularia que reciben financiamiento del Estado. No obstante, para progresar en los tramos de la CD, es requisito realizar funciones de aula, pues los instrumentos de reconocimiento están dirigidos a evaluar los conocimientos disciplinarios y pedagógicos y también las prácticas pedagógicas en el aula.

  • ¿Qué beneficios proporciona el ingreso al Sistema?

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    Los establecimientos que ingresen al Sistema de Desarrollo Profesional Docente podrán participar de procesos de formación y acompañamiento para fortalecer sus prácticas pedagógicas y aquellos que participen del proceso de evaluación integral, ser reconocidos profesionalmente pudiendo obtener incrementos en sus remuneraciones en función de sus años de experiencia y tramo asignado.

  • ¿En qué consiste el proceso de evaluación?

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    La evaluación integra es un proceso que contempla la evaluación de la práctica docente dentro y fuera del aula, así como también de conocimientos específicos atingentes a la Educación Parvularia, a través de los siguientes instrumentos: un portafolio (que evalúa la práctica docente dentro y fuera del aula) y una prueba de conocimientos específicos (atingentes a las Bases Curriculares vigentes para la disciplina y nivel).

    Los resultados de ambos instrumentos se ordenarán en categorías de logro profesional a partir de los puntajes obtenidos.

  • ¿Es obligatorio participar en el proceso evaluativo?

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    El ingreso a la Carrera Docente es obligatorio para todos los profesionales de la educación que pertenezcan al tramo inicial, hasta que logren progresar al tramo avanzado. En el caso de docentes que ingresen al tramo de acceso, su participación es voluntaria en el proceso evaluativo.

    Para aquellos que se encuentren a 10 o menos años de la edad legal de jubilación podrán optar por no ingresar a la nueva Carrera Docente. En ese caso, mantendrán su última remuneración mensual devengada, la que se reajustará en el mismo porcentaje y en la misma oportunidad que las remuneraciones del sector público.

  • Sobre el proceso de postulación

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    ¿Quiénes pueden postular?

    Podrán postular los establecimientos de Educación Parvularia financiados con aportes regulares del Estado (JUNJI, INTEGRA, VTF y CAD). Son los sostenedores los que tienen la facultad de postular a uno o más de sus establecimientos de Educación Parvularia.

    ¿Cómo se realiza la postulación?

    Los establecimientos podrán presentar sus postulaciones, exclusivamente por vía electrónica, a través de la plataforma habilitada para este propósito en el sitio web carreradocenteparvularia.mineduc.cl, seleccionando el o los establecimientos que desee postular, y enviar su postulación dentro del plazo establecido.

    Se entenderá formalizado el ingreso de la postulación, solo una vez que la plataforma despliegue una ventanilla que indique que el formulario ha sido enviado “exitosamente”.

    ¿Cuándo se postula?

    Las postulaciones se recibirán a partir del día 03 de junio de 2019 en la plataforma habilitada en el sitio web: carreradocenteparvularia.mineduc.cl y hasta las 23:59 horas del día 28 de junio de 2019.

    Es importante destacar que no se recibirá documentación, antecedentes y/o información fuera del plazo mencionado.  Toda postulación entregada fuera de dicho plazo será considerada inadmisible.

    ¿Dónde se pueden realizar consultas en caso de problemas con la postulación?

    Se puede consultar llamando al 600 600 26 26 de lunes a viernes, de 8:00 a 18:00 hrs.

    ¿Cómo se determinarán los establecimientos que ingresan?

    En caso de que el número de postulaciones sea superior al número de cupos asignados, los establecimientos serán asignados de acuerdo con el índice de vulnerabilidad calculado para cada uno en base a sus datos de matrícula.

    En caso de que el número de postulaciones sea inferior al número de cupos asignados, los cupos disponibles podrán ser asignados por la Subsecretaria de Educación Parvularia.

    ¿Cómo puedo conocer los resultados de la postulación?

    Dentro del plazo de 30 días posteriores al vencimiento del plazo de postulación, el Ministerio de Educación, a través de la Subsecretaría de Educación Parvularia dictará una resolución, la cual señalará la nómina de establecimientos educacionales que se hubieren adjudicado cupos para el ingreso al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, la que será publicada a través de la página web carreradocenteparvularia.mineduc.cl.

  • ¿En qué consiste el Reconocimiento de Tramo?

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    ¿Cómo se avanza en la CD?

    Se avanza sobre la base de los años de experiencia profesional y los resultados obtenidos en los instrumentos de evaluación. Los profesionales podrán acceder a los 5 tramos de desarrollo profesional, existiendo además el tramo de acceso, que es un tramo provisorio donde se ubican las educadoras que tienen 4 o más años de experiencia profesional, pero que no cuentan con resultados vigentes en instrumentos de evaluación del Ministerio de Educación.

    Para progresar en los tramos, es requisito desempeñar funciones de aula, pues los instrumentos de reconocimiento están dirigidos a evaluar los conocimientos disciplinarios y también las prácticas pedagógicas en el aula.

    ¿Qué pasa cuando no hay progreso o avance en los tramos que establece la Ley?

     El sistema propende a que todos los docentes alcancen al menos el tramo profesional avanzado.

    Según lo establece el Artículo 19s del Estatuto Docente, el profesional de la educación que, perteneciendo al tramo inicial del desarrollo profesional docente, obtenga resultados de logro profesional que no le permitan avanzar del tramo en dos procesos consecutivos de reconocimiento profesional, deberá ser desvinculado, y no podrá ser contratado en el mismo ni en otro establecimiento educacional donde se desempeñen profesionales de la educación que se rijan por el Título III del Estatuto Docente.

    Adicionalmente, aquel docente que perteneciendo al tramo profesional temprano obtenga resultados de logro profesional que no le permitan acceder al tramo avanzado en dos procesos consecutivos de reconocimiento profesional, deberá ser desvinculado y perderá, para todos los efectos legales, su reconocimiento de tramo en la Carrera Docente y su antigüedad.

    Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, transcurrido el plazo de dos años desde la fecha de desvinculación, dicho profesional podrá ser contratado nuevamente, debiendo ingresar al tramo inicial y rendir los instrumentos que establece el Sistema dentro de los cuatro años siguientes a su contratación.

    En caso de que no obtenga resultados que le permitan acceder al tramo avanzado, deberá ser desvinculado y no podrá ser contratado en el mismo ni en otro establecimiento educacional en que se desempeñen profesionales de la educación que se rijan por lo dispuesto en el Título III del Estatuto Docente.

    ¿Cómo se asignan los tramos?

    Los tramos se asignan en base a los años de experiencia profesional y los resultados obtenidos en los instrumentos de evaluación antes mencionados, pudiendo acceder a 5 tramos de desarrollo profesional. Adicionalmente, existe el tramo de acceso, que es un tramo provisorio donde se ubican las educadoras que tienen 4 o más años de experiencia profesional, pero que no cuentan con resultados vigentes en instrumentos de evaluación.

    Para progresar en los tramos, es requisito desempeñar funciones de aula, pues los instrumentos de reconocimiento están dirigidos a evaluar los conocimientos disciplinarios y también las prácticas pedagógicas en el aula.

    ¿Cuáles son los requisitos obligatorios que determinan el avance de los profesores en la carrera docente?

    Se debe cumplir con 3 requisitos:

    .- Cumplir con los años de experiencia requeridos para cada tramo.

    2.- Obtener los resultados requeridos en el portafolio y en la evaluación de conocimientos específicos y pedagógicos.

     La ley define los puntajes de los instrumentos que forman parte de la evaluación, y a qué porcentaje de logro corresponden, y letras que se asignan según los resultados en cada caso. Son dos instrumentos: Una “prueba de conocimientos” y el Portafolio (que mide las competencias pedagógicas, y el desempeño de los educadores en el aula), ambos resultados se combinan y dan origen al tramo que corresponda, el que se reconoce oficialmente por una resolución dictada por la Subsecretaria de Educación Parvularia. La evaluación para cada educador es cada 4 años, y si no se rinde se pierde el derecho a percibir la asignación del artículo 88 C, (esto para los que todavía no alcanzan el tramo avanzado).

     

    3.- Cumplir con las reglas de progresión de la Carrera, que no permite saltarse tramos,

    salvo tres excepciones.

     -La normativa permite que una educadora en tramo Inicial pase directamente al Avanzado, en caso de contar con 4 años de experiencia profesional y los resultados requeridos en el proceso de reconocimiento.

    -Los profesionales de la educación que accedan al tramo temprano con categoría de logro “A” en alguno de los instrumentos de evaluación, podrán en los siguientes procesos de reconocimiento acceder al tramo experto I, de contar con los resultados y años de experiencia requeridos.

    -En el caso de las educadoras en tramo de Acceso, luego de su primer proceso de reconocimiento pueden ubicarse en el tramo de la carrera correspondiente a sus años de experiencia y resultados.

    ¿Qué apoyos existen para poder avanzar en tramos?

     Al ingresar al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, los profesionales de la educación tendrán el derecho a formación gratuita y pertinente para su desarrollo profesional y la progresión de tramos, incluyendo la participación en procesos de inducción y mentoría, cursos de formación en servicios y planes de formación local.

  • ¿Qué ocurre con las Remuneraciones?

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    ¿Cómo es la nueva estructura remuneracional?

    El Estatuto Docente, establece una asignación especial asociada a la carrera docente para los profesionales de la educación que desempeñen funciones en establecimientos de Educación Parvularia pertenecientes a JUNJI, INTEGRA, VTF y CAD que ingresen a este Sistema, la que se calculará y pagará de la siguiente manera:

    Se calcula en base a la diferencia entre el promedio de las remuneraciones de los 12 meses y la suma de:

    • La RBMN para Educación Básica por el número de horas de contrato
    • El bono de reconocimiento profesional
    • Las asignaciones calculadas en función de la experiencia, el tramo reconocido y las asignaciones por desempeño en establecimientos con alta concentración de alumnos prioritarios.

    Si la diferencia es positiva, dará lugar al pago de asignaciones correspondientes al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, en cambio si es negativa, la remuneración se mantiene hasta que el cálculo de dichas asignaciones de lugar a un pago de asignación.

    ¿Con qué criterios se define el promedio de las 12 últimas remuneraciones?

    En el caso de profesionales de la educación contratados por Código del Trabajo, la ley establece que el cálculo se realiza sobre las 12 últimas remuneraciones, debiendo entonces remitirnos a lo que establece el artículo 41 y 42 de dicho cuerpo legal.

    En el caso de profesionales dependientes de JUNJI, se rigen por lo establecido en el Artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley 24 de 2017 del Ministerio de Educación.

  • ¿En qué consiste el proceso de Inducción y Mentoría?

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    ¿Cómo puedo participar del proceso de inducción?

    El CPEIP convocará cada año mediante un proceso de postulación a los docentes principiantes que quieran participar de este proceso. Dicha solicitud se realizará en forma electrónica y tendrá por objetivo verificar el cumplimiento de requisitos establecidos por ley.

    ¿Cuáles son los requisitos para optar al proceso de inducción?

    Para que una educadora de párvulos haga efectivo su derecho a optar por el proceso de inducción, se establecen como condiciones el que debe estar contratada hasta por un máximo de 38 horas semanales. En ese caso, deberá optar por un contrato que contemple menos horas semanales. A cambio, recibirá una asignación ascendiente a la suma de 81.054 pesos mensuales como resultado de someterse al proceso de inducción.

    En el caso de que el profesional de la educación desempeñe funciones en un establecimiento dependiente de JUNJI, no tendrá derecho a percibir la asignación de inducción, pero el tiempo destinado para los efectos anteriores, se considerará como efectivamente trabajado.